En el año declarado por la Cámara de Representantes como “el de las personas con discapacidad, por una sociedad inclusiva e integrada”, dos leyes sancionadas en 2012 y 2014 que promueven la inclusión, no son aplicadas por el Poder Ejecutivo, según denunció el Partido Agrario y Social por medio de un Proyecto de Comunicación.
Se trata de las Leyes 54/12, que establece el acceso gratuito de personas con discapacidad a espectáculos públicos y centros turísticos; y la 60/14, que instituye la difusión de sus derechos mediante publicidad oficial en los medios radiales, gráficos y televisivos. Ambas leyes fueron sancionadas por la Legislatura, reglamentadas por el Poder Ejecutivo, sin embargo, no se cumplen.
«Pasaron cinco años de la sanción de una, y tres de la otra, leyes que deberían estar en plena vigencia; sin embargo, ninguna de ellas se aplica en la práctica, a pesar de las evidentes ventajas que plantean para la amplia población con discapacidad. Desde el Partido Agrario y Social insistimos muchísimas veces en reclamar para que el Poder Ejecutivo ordene lo necesario para el cumplimiento de las normas, y el consecuente beneficio para los discapacitados de Misiones, sin suerte hasta ahora”, detalla el Proyecto del diputado Héctor Bárbaro, sancionado por unanimidad de los presentes el jueves en sesión ordinaria.
«No hay nada peor que la gente no conozca sus derechos»
La Ley 60/14, establece que la promoción y difusión de los derechos de las personas con discapacidad debe hacerse diariamente mediante spots publicitarios. Además, los diarios impresos y digitales deben publicar el contenido de dos normas con un tamaño de letra legible, y deben fijarse carteles visibles en las terminales de ómnibus, paradas de transporte público de pasajeros, plazas públicas, clubes deportivos, establecimientos educativos de los niveles primario y secundario, universidades públicas y cualquier otro lugar público, detallando a las personas discapacitadas cuáles son sus derechos.
«Al hablar con esas personas nos damos cuenta que no conocen esta ley, y no hay nada peor que la gente no conozca sus derechos. Hace tres años que los medios de comunicación tendrían que estar informando de esto. Si no hubiéramos perdido este tiempo, seguramente no habría reclamos de las personas con discapacidad que no pueden viajar en colectivo, porque no les respetan el cupo, y nadie sabe bien qué cupo tiene ni cómo debe hacer valer su derecho”, sostuvo Bárbaro en el recinto.
Beneficios
La Ley 54, aprobada en 2012, establece el ingreso gratuito con la sola presentación de su certificado, de las personas con discapacidad a espectáculos públicos, sean éstos deportivos, musicales, obras teatrales, exposiciones y a cualquier otra actividad artística, cultural o recreativa de acceso irrestricto que se brinde en la provincia, así como a los centros de atracción turística.
Además, establece una bonificación del 50% del importe de la entrada, localidad, o de cualquier otro concepto considerado como admisión paga, de un acompañante por cada persona discapacitada que concurra a los espectáculos o centros de atracción turística.
«Normas como éstas hacen efectiva la verdadera integración e inclusión; pero son ignoradas por quienes tienen la obligación de ponerlas en práctica”, expuso el legislador.
Además, mencionó que desde el bloque del Partido Agrario y Social presentaron un Proyecto para que el Iprodha aumente el cupo de viviendas para personas con discapacidad de un 5 a un 10% en la zona del alto Uruguay, pero que el Proyecto nunca fue tratado. «Sería importante que el Ejecutivo empiece a cumplir con las leyes que fueron sancionadas en esta Cámara, para que realmente las personas con discapacidad puedan conocer sus derechos y sepan cómo defenderse”, finalizó Bárbaro.