Oberá: Por ordenanza prohibieron el uso de pirotecnia sonora
En la mañana de este viernes, como se había anticipado, los concejales de la capital del monte aprobaron por mayoría la prohibición de venta y tenencia de pirotecnia sonora, no así los fuegos artificiales cuyos efectos son únicamente lumínicos.
El proyecto fue elevado desde el ejecutivo al concejo deliberante y en la sesión especial aprobaron la prohibición de la venta y el uso de la pirotecnia sonora, falta que el mismo ejecutivo promulgue para ponerla en vigencia.
“Era una ordenanza que se venía solicitando hace un tiempo bastante considerado y se aprobó el proyecto que fue elevado por el ejecutivo municipal”, explicó el concejal Pablo Hassan a los medios.
Se prohibió el uso, la comercialización, la tenencia, el depósito de la pirotecnia sonora en la ciudad de Oberá y las multas son fuertes para quienes arrojen pirotecnia que será de tres salarios mínimos, hoy pautados en 16.875 pesos.
La ordenanza no busca la pirotecnia cero, busca regular la sonora, “no se busca prohibir lisa y llanamente la pirotecnia y tampoco se busca perjudicarles a los comerciantes, sino que la intención es generar un ámbito más cordial y de disfrute de las fiestas entre todos los ciudadanos”, manifestó el edil.
En la ordenanza se especifica la autorización expresa, según la clasificación del Renart, dónde se habilita la pirotécnica lumínico que se puede utilizar y que son muchos artículos que están a la venta.
Entra en vigencia cuando se promulgue la ordenanza, dependiendo del ejecutivo o después de los 8 días hábiles, “se recomienda que los vecinos no compren pirotecnia sonora, porque cuando se promulgue van a estar en falta”, aconsejo Hassan.
Cabe recordar que hay comerciantes que están habilitados para la venta, en ese caso la ordenanza habilita un plazo de 90 días para que se adecuen y reorganicen los productos.